La igualdad, la unidad, la ayuda mutua y la prosperidad conjunta
son los principios básicos, que sirven de guía al Gobierno chino a
la hora de tratar las relaciones étnicas. Basándose en dichos
principios, China aplica un sistema de autonomías regionales de las
minorías étnicas. Este sistema se desarrolla en los siguientes
puntos: bajo la dirección unificada del Estado, tomando como base
las regiones donde las minorías étnicas viven en comunidad, se
establecen los correspondientes organismos autonómicos que permiten
ejercer el derecho de autonomía; las minorías étnicas son due?as de
su propio destino y administran sus propios asuntos internos; el
Estado forma y prepara a cuadros dirigentes y técnicos
profesionales de las minorías étnicas en los centros docentes
superiores normales, en las universidades e institutos de minorías
étnicas y en las escuelas para cuadros de minorías étnicas; el
Gobierno Central apoya activamente a las regiones autonómicas de
minorías étnicas en los terrenos financiero y material,
proporcionándoles los elementos necesarios para su desarrollo
económico y cultural. La Ley de Autonomías Regionales de Minorías
Etnicas, aprobada en 1984 en la II Sesión de la VI Asamblea Popular
Nacional, es la ley fundamental que garantiza el ejercicio de esta
autonomía. En la actualidad, además de cinco regiones autónomas,
existen 30 prefecturas autónomas y 120 distritos (o banderas)
autónomos, así como más de 1.300 cantones de minorías étnicas. Los
organismos autonómicos de estas zonas autónomas son sus respectivas
asambleas populares y gobiernos populares. Los cargos de presidente
o vicepresidentes de los comités permanentes de las asambleas
populares y el de presidente del gobierno popular de estos lugares
son asumidos por ciudadanos de la etnia o etnias que ejercen dicha
autonomía.
Los organismos autonómicos de las
zonas de autonomía étnica, además de ejercer los poderes de los
organismos estatales locales del mismo nivel, gozan de amplios
derechos autonómicos: dependiendo de las características políticas,
económicas y culturales de cada lugar, dichos organismos adoptan
disposiciones de carácter autonómico y estatutos específicos;
deciden de forma autónoma el uso de la renta fiscal perteneciente
al lugar; deciden y administran, de manera autónoma, el desarrollo
económico, la educación, la ciencia, la cultura, la sanidad y los
deportes de su propia localidad; protegen y organizan los
patrimonios culturales étnicos; desarrollan y fomentan las culturas
étnicas.
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