El pueblo tibetano goza del derecho a participar en la administración de los asuntos estatales y los de su localidad y su etnia.
Desde la fundación de la región autónoma, los tibetanos, ejerciendo el derecho de votar y ser elegidos conferido por la Constitución y la ley, han participado en las elecciones de diputados a la Asamblea Popular Nacional (APN) y en las asambleas populares de niveles locales en la región, tomando parte asimismo en la administración de los asuntos estatales y locales por medio de diputados nacionales. En 2002 el 93,09 por ciento de los electores del Tíbet participaron en las elecciones directas a nivel distrital, con una tasa de votación de 100 por ciento en algunos lugares. Los diputados elegidos de la etnia tibetana y otras minorías étnicas llegaron a más del 80 por ciento del número total de diputados a las asambleas populares de niveles regional y prefectoral, y la proporción incluso superó el 90 por ciento en los niveles de distrito y cantón (poblado). Los tibetanos de diversos estratos sociales, mediante las elecciones de diputados a las asambleas populares de distintos niveles, participaron y deliberaron sobre asuntos estatales e intervinieron en la administración social, ejerciendo a plenitud su derecho a ser due?os del país. Los diputados, por su parte, ejercieron a conciencia los derechos de elección, supervisión, veto, sugerencia y crítica que les confiaron los electores.
Es un contenido importante de la aplicación de la autonomía étnica regional preparar y utilizar gran número de cuadros étnicos, y formar un contingente de alta calidad de éstos, también es símbolo de la garantía del derecho de las etnias minoritarias a ser due?os del país, así como de sus derechos autonómicos.
A partir de la década de los 50 del siglo pasado, el contingente de cuadros tibetanos ha crecido cada vez más y su calidad integral se ha elevado notablemente. Varios tibetanos y ciudadanos de otras minorías étnicas desempe?an cargos importantes en las instituciones centrales y estatales o en las regiones autónomas, ejerciendo su debido derecho y participando directamente en la administración de los asuntos estatales y regionales. Los tibetanos, entre ellos el Dalai Lama XIV, el Panchen Erdeni X, Ngapoi Ngawang Jigmei, Pagbalha Geleg Namgyai, y Radi, han sido Vicepresidentes del Comité Permanente de la APN, sucesivamente. Entre los 23 diputados actuales a la APN por la región autónoma del Tíbet, hay 15 de las etnias minoritarias, incluyendo 13 de la etnia tibetana, uno de la etnia moinba y uno de la etnia loba. En la actualidad, 29 tibetanos y ciudadanos de otras minorías étnicas del Tíbet son miembros del Comité Nacional de la Conferencia Consultiva Política del Pueblo Chino (CCPPCh) o de su Comité Permanente, con Ngapoi Ngawang Jigmei y Pagbalha Geleg Namgyai como Vicepresidentes del Comité Nacional. Desde la autonomía étnica regional del Tíbet, los ciudadanos de la etnia tibetana han fungido como presidentes de cada uno de los seis mandatos del Comité Permanente de la Asamblea Popular de la Región Autónoma del Tíbet (incluida la actual) y como gobernador de cada uno de los siete mandatos del gobierno popular de la región (incluido el actual). Desde el establecimiento del Comité del Tíbet de la CCPPCh en 1959, los tibetanos han asumido el cargo de presidente de cada uno de los cinco mandatos del comité. En la actualidad los tibetanos y ciudadanos de otras minorías étnicas componen el 87,5 por ciento de los presidentes y vicepresidentes del Comité Permanente de la Asamblea Popular de la Región Autónoma del Tíbet y el 69,23 por ciento del total de miembros del mismo comité. Y también componen el 57 por ciento del número de gobernador y vicegobernadores de la región, el 89,4 por ciento de los miembros del Comité del Tíbet de la CCPPCh y el 90,42 por ciento de los miembros de su Comité Permanente. Además, constituyen el 77,97 por ciento del personal del gobierno a niveles regional, prefectoral/municipal y distrital, y forman el 69,82 por ciento del personal los tribunales y el 82,25 por ciento del personal de las fiscalías a estos niveles.
Partiendo de la realidad, la elaboración de leyes y reglamentos locales y la administración según la ley de los asuntos internos de la localidad y etnia, es uno de los derechos de autonomía conferidos por la Constitución y la Ley sobre la Autonomía étnica Regional.
Los órganos autónomos de la región autónoma del Tíbet ejercen las atribuciones y el poder de los órganos estatales de nivel provincial, así como la autonomía regional, aplicando las leyes y políticas del Estado a la luz de las condiciones locales. La Asamblea Popular Regional no solamente goza del poder legislativo provincial en general para elaborar leyes y reglamentos locales, sino que también posee el poder de elaborar reglas de autonomía y reglamentos separados basados en las características políticas, económicas y culturales de los grupos étnicos locales. Las estadísticas muestran que a partir de 1965, la Asamblea Popular Regional y su Comité Permanente han elaborado 220 leyes y reglamentos separados locales concernientes a diversos asuntos, tales como la edificación del poder político, el desarrollo social y económico, el matrimonio, la educación, la lengua oral y escrita, la justicia, los bosques, las praderas, la fauna silvestre y la protección de los recursos naturales. Todas estas leyes y reglamentos llevan notables características de autonomía étnica regional.
La región autónoma puede aplicar, o no, de manera flexible, las resoluciones, decisiones, órdenes e instrucciones de los órganos estatales de nivel más alto que no sean adecuadas a las condiciones reales del Tíbet, siempre con la previa aprobación de dichos órganos. Además, con la autorización previa y a la luz de las condiciones locales reales, puede elaborar reglamentos modificados y estipulaciones adicionales para aplicar las leyes estatales relacionadas.
En 1981, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Regional adoptó el Reglamento Modificado de la Región Autónoma del Tíbet para la Aplicación de la Ley de Matrimonio de la República Popular China. El reglamento reduce la edad legal de matrimonio prescrita en la Ley de Matrimonio en dos a?os, y estipula que los matrimonios con más de un esposo o esposa existentes antes del reglamento pueden mantenerse, siempre y cuando los casados no deseen cambios.
Dadas las condiciones naturales y geográficas especiales del Tíbet, el gobierno regional fija el tiempo de trabajo de los empleados en 35 horas semanales, cinco menos que el tiempo de trabajo establecido a nivel nacional.
Además de los días feriados legales de aplicación nacional, el gobierno regional también ha fijado otras fiestas como vacaciones públicas en su territorio, entre ellas el A?o Nuevo Tibetano y la Fiesta Shoton (leche agria).
La elaboración y ejecución de estas leyes y reglamentos locales encarna la superioridad del sistema de autonomía étnica regional y las características del Tíbet, proporcionando la garantía jurídica para la realización de los derechos étnicos del pueblo tibetano, el desarrollo de la sociedad, economía y cultura locales y la solución de los problemas particulares.
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